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CONDICIONES PARA EL BONO DE REFERIDO INFINITY SKY CLUB

A continuación exponemos las politicas de condiciones y restricciones para referidos (no clientes) de INFINITY Sky Club

1. La persona que entrega la referencia de un potencial cliente de Infinity Sky Club, deberá reportarlo antes de la visita del potencial cliente a la sala de ventas, al departamento comercial, a los siguientes correos electrónicos klara.lopez@urbacolombia.com y zaira.torres@urbacolombia.com, como mínimo con los siguientes datos tanto de usted como de la(s) persona(s) referida(s) por usted: Nombres, apellidos, teléfono, correo electrónico.
2. Que la(s) persona(s) referida(s) por usted(es) completen el proceso de separación del apartamento prometido en venta, es decir, que suscriban la respectiva promesa de compraventa que formalice la negociación.
3. Que la(s) persona(s) referida(s) por usted(es) paguen por lo menos el 5% del precio de venta pactado contenido en la respectiva promesa de compraventa en un plazo máximo de 3 meses desde el primer pago.
4. Que la(s) persona(s) sea vinculado formalmente al Fideicomiso Proyecto Inmobiliario Infinity Sky Club, el cual está siendo administrado por el BBVA ASSET MANAGEMENT, Sociedad fiduciaria, S.A. como vocero del patrimonio autónomo.
5. Una vez quede formalizada la promesa de venta de su referido y el mismo quede vinculado al Patrimonio Autónomo antes mencionado, para proceder a realizar el pago deberá presentar una cuenta de cobro por el importe del bono por referir un comprador, es decir por la suma de $700.000. Una vez le reporten desde el departamento comercial el cumplimiento de las condiciones previamente mencionadas por la(s) persona(s) referida(s). Un formato de la cuenta de cobro estará disponible en la sala de ventas del proyecto para cumplimentar datos y firmar.
6. Usted debe presentar el certificado bancario. El pago de la cuenta de cobro se abonará por transferencia bancaria desde Torre 27 SAS a la cuenta de usted(es) en un máximo de 30 días contados a partir de su radicación conformidad en las oficinas de administrativas ubicadas en la Calle 50 No 28-25 Oficina 301 Centro Empresarial Sotomayor, de la ciudad de Bucaramanga.
7. El bono es personal e intransferible. El bono es válido para varios referidos. Siempre y cuando estén reportados previa su visita en la sala de ventas y cumplan con todas las condiciones mencionadas.
8. Para un referido es válido 1 sólo bono, independientemente de si compra uno o varios apartamentos. En caso de familiares o esposos es válido un bono por cada comprador sólo si es independiente.
9. Si la(s) persona(s) referenciada(s) incumpliese(n) a criterio de la constructora, alguna de las obligaciones contraídas para con la sociedad Torre 27 SAS, aceptan desde ahora el hecho de perder la totalidad del bono sin tener ningún reclamo al respecto.
10. Si su(s) referenciado(s) por cualquier causa rescinde(n), resuelve(n) o simplemente se retracta(n) de la compra de su apartamento, automáticamente este compromiso de bono queda sin efecto alguno.
11. Una vez reportada(s) la(s) persona(s) referida(s) por usted(es) en el sistema de SINCO SOFT o la(s) persona(s) que ya son compradores o empleados de Torre 27 SAS o del grupo URBACOLOMBIA, no se admiten bajo ningún concepto como referido(s).
12.En caso de que usted comunique con un asesor externo, y no directamente con la constructora, es imprescindible cumplir igual con el debido proceso e informar al departamento comercial previa la visita de la(s) persona(s) referida(s) por usted(es). En caso de incumplimiento del proceso, la sociedad Torre 27 SAS y el grupo URBACOLOMBIA no asume los compromisos de los bonos y los asume automáticamente el asesor correspondiente al que le debe reclamar usted su pago.
13.Este beneficio es excluyente de cualquier otro bono, plan de referidos o cualquier otra promoción o incentivo que ofrezca tanto Torre 27 SAS como el Grupo Urbacolombia.
14.Este bono, NO constituye una comisión, ni se entiende a la persona que referencie como un comisionista o un corredor inmobiliario. Acepta que el incentivo ofrecido es lo único que podrá reclamar una vez se cumplan con los requisitos aquí estipulados, y no podrá cobrar comisión alguna al respecto.
15.La relación entre la persona que referencia y la sociedad Torre 27 SAS y/o cualquiera de las empresas que integran el grupo Urbacolombia, es simplemente comercial, y por lo tanto no podrá alegarse ninguna relación laboral entre ellos, por lo que se entiende que las personas que referencia lo hacen con plena autonomía e independencia y con sus propio medios.

En Bucaramanga, Julio de 2017.


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